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Análisis de las estrategias de la UNESCO contra la discriminación de la mujer en el acceso a la educación.

Moral social vs. moral crítica

· DIPU,Filosofía Derecho,ONU,UNESCO,Igualdad

¿Es correcto usar el punto de vista de la moral social para analizar las estrategias propuestas por la UNESCO con el fin de acabar con la discriminación de la mujer en el acceso a la educación o es preferible hacerlo desde el punto de vista de la moral crítica? 

 “No todos los ciudadanos de un Estado pueden ser igualmente poderosos, pero sí pueden ser igualmente libres” - François-Marie Arouet 'Voltaire'.

 La evolución histórica en la lucha en pro de los derechos humanos desde distintas perspectivas avala el hecho de que la evolución en la materia de la jurídica social no pertenece en exclusiva a una teoría concreta sino a un conjunto de situaciones, perspectivas y metodologías diversas con un mismo fin, prosperar. 

No podemos avanzar con elpresente artículo sin antes desarrollar a grosso modo los siguientes conceptos: 

 La moral social que se encuentra supeditada a una sociedad determinada en un contexto histórico concreto por tanto, depende de muchos factores condicionantes como la localización y el camino cultural e histórico recorrido. Esto implica la imposibilidad de establecer normas universales de forma conjunta e instantánea en tanto que no todas las naciones se encuentran en el mismo punto cultural, histórico y geográfico. 

Sin embargo, la moral critica sí tiene una calidad universal en extensión tanto en tiempo como en espacio. Esta condición de racionalidad dota de un especial carácter legítimo a las normas que de estos juicios deriven. No obstante, esto no significa que sean necesariamente correctos, sino que nacen de la reflexión racional y pretenden serlo. 

 Sobre ello, parece interesante destacar el artículo 1.3. de la Carta de la Organización de Naciones Unidas firmada el 26 de Junio de 1.945  que declara como propósito de las Naciones Unidas lo siguiente:  

Realizar la cooperación internacional [...] en el desarrollo y estímulo del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin hacer distinción pormotivos de raza, sexo, idioma o religión” 

 Igualmente, a colación de ello, sobre la igualdad de género debemos apuntar que se incorporó a las Normas Internacionales de los derechos humanos mediante la Declaración Universal de Derechos Humanos, aprobada por la Asamblea General el 10 de diciembre de 1948 estableciendo en su artículo primero que: 

Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos” y que “toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna deraza, color, sexo, idioma, religión, [...] nacimiento o cualquier otra condición.” 

De igual modo el artículo 13 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales establece: 

“ Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a la educación.”  

El citado texto es un tratado multilateral en el cual se incluyen  Carta Internacional de Derechos Humanos, junto con la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos El citado pacto ha sido ratificado en más del 90 % de países como observamos en la siguiente imagen. 

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A tenor de lo expuesto, lo lógico que cabría esperar teniendo este punto de vista jurídico, es la participación y promoción de los derechos a los que se adhirieron con la firma y ratificación del pacto.  

Pero esto es la teoría, que por desgracia dista mucho de la interpretación empírica de los preceptos y los principios establecidos en el acuerdo. 

Desde el punto de vista de la moral social y en virtud de lo mencionado, es prácticamente imposible llegar a los objetivos establecidos por la UNESCO dado que culturalmente la figura de la mujer en determinados territorios se encuentra aceptablemente devaluada y con completa normalidad.  

Para poder seguir avanzando en estos territorios es necesaria una inversión, por una parte, económica y por otra parte temporal, puesto que las circunstancias que determinan el hecho de que ahora mismo no estén dispuestos a aceptar la igualdad con todo lo que conlleva, son las circunstancias del día de hoy en el año 2022, pero no son permanentes e inamovibles, por suerte.  

Es complicado también creer que desde el punto de vista de la moral crítica se pueda llegar a cumplir con los objetivos, ya que como hemos mencionado con anterioridad no contar con el apoyo de los juicios de la moral social resta legitimidad a las normas y, en definitiva, un ciudadano no seguirá unas normas en las que no cree, siendo la razón de que no las cree porque no se han dado las circunstancias adecuadas para que esto suceda (a saber cultura, historia, tiempo, geografía…). 

En definitiva, no existe una solución que dé respuesta instantánea al problema, es una cuestión de trabajo, tiempo y educación. Para esto, entre otras cosas, la ONU votó en 2010 la creación de un organismo para acelerar el progreso sobre la igualdad de género y el empoderamiento de la mujer.  

En cualquier caso, respecto a la parte que nos atañe como ciudadanos de la UE y más concretamente de España, nuestra obligación es educarnos y educar en la igualdad porque el cambio empieza por uno mismo. A partir de ahí, la labor de luchar por un futuro, esperemos no muy lejano, igualitario, justo, sostenible y por tanto mejor, es de todos y cada uno de los seres humanos con capacidad de razonar que habitamos este planeta.  

Como dijo Martin Luther King “La injusticia, en cualquier parte, es una amenaza a la justicia en todas partes”. 

 Por otro lado, nos puede surgir una duda: ¿Es efectiva la utilización de un modelo gradual o sería mas conveniente un sistema más activo como el modelo intervencionista?  

Como punto de partida para reflexionar sobre esto, me gustaría destacar las principales características de ambos sistemas: 

El modelo gradual busca influir y condicionar en las políticas del país de forma pasiva a través de medidas indirectas y sutiles. Por otro lado, el modelo intervencionista ejecuta medidas punitivas de forma directa y activa. 

En base a esto, podríamos deducir que el modelo intervencionista, desde el punto de vista del estado víctima de las sanciones, puede interpretarse como un modelo autoritario que lleva a cabo medidas agresivas e invasivas. Por otro lado, el modelo gradual puede ser visto como excesivamente despreocupado e indiferente. 

Así pues como diría Aristóteles “La virtud es una disposición voluntaria adquirida, que consiste en un término medio entre dos extremos malos, el uno por exceso y el otro por defecto “. 

Con esto quiero referirme a la necesidad de encontrar el punto a través del cual sea posible participar de manera activa e incluso intrusiva en la consolidación de medidas disciplinarias que comporten sanciones lo suficiente relevantes como para que no sea posible pasarlas por alto; pero hacerlo de una forma sutil que no lleve al país sobre el que estas recaigan a tomarse dichas actuaciones como una ofensiva hacia su cultura, sus tradiciones y su modo de vida. Esto es, combinar el proceso activo del intervencionismo junto con el procedimiento respetuoso, por lo menos en lo aparente, del modelo gradual. 

Usar un caballo de Troya, un intervencionismo con armazón gradual, que nos entre por los ojos y vaya directo a la raíz del problema fulminándolo sin encontrar más que la oposición justa y necesaria que encontraría en cualquier otra circunstancia. 

La educación no es una cuestión ideológica, quimérica o teórica que pueda relegarse a un segundo plano con iniciativas que condicionen sutilmente su aplicación. Tal y como establece el art. 26 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, toda persona tiene derecho a laeducación, sin hacer distinción de sexos, etnias o creencias. 

Además, a través de su apartado segundo en el cual se cita textualmente “La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de lapersonalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y alas libertades fundamentalesentendemos la referencia que se hace en el informe de la UNESCO al describir la educación como “fuerza de transformación económica, social y política” 

Huelga decir que, llevado a la práctica, no es un procedimiento ni mucho menos sencillo encontrar esa “virtud” aristotélica que nos queda aún muy lejos pero no puede, por ello, suponer la rendición sino la búsqueda del punto más próximo a esta. 

Aplicado al caso expuesto ,un ejemplo de lo comentado sería la introducción de acuerdos en materia de igualdad y educación cuyas exigencias vayan in crescendo de manera paulatina, estableciendo un plazo máximo de cumplimiento para la completa ejecución e incorporación de los preceptos exigidos y pudiendo ser sancionado el estado económicamente ab initio de la ratificación del acuerdo atendiendo al grado de exigencia en el que se sitúa el proceso de adhesión a los preceptos definitivos establecidos. Estas sanciones evolucionarían en relación con los plazos acordados en base a un porcentaje que actuara como elemento disuasorio al incumplimiento. 

De igual modo, para completar el proceso con el refuerzo positivo que fortalezca la voluntad de cumplimiento, se procedería a la promoción de ayudas económicas de diversa índole y en los mismos términos de graduación que las sanciones, para los estados que se adhieran a las medidas establecidas antes del término de los plazos acordados. 

La idea del caballo de Troya pasa por introducir los acuerdos como medidas de recompensa o primas por el cumplimiento a los preceptos que en ellos se establecen; introduciendo en el cuerpo normativo de los mismos las medidas sancionadoras en caso de incumplimiento con sus respectivas tablas de relación entre los plazos para el cumplimiento y las sanciones. 

La UNESCO por su parte, decide mantener una postura más neutra y respetuosa, cayendo, en mi opinión, en la paradoja de la intolerancia de Karl Popper. Se mantiene en su posición alejada, para no invadir, metafóricamente hablando, el espacio personal de los estados de forma indiscreta. Tomándose, eso sí, la licencia y la osadía, permítanme la ironía, de comprometerse a hacer públicas las desvergüenzas de los países que no cumplan con lo establecido mediante informes públicos. De ello se deduce que optan por un modelo gradual sustancialmente más pasivo que el expuesto en el ejemplo del caballo de Troya. 

 

Autoría: Susana Caravaca

Revisión: Alba Kiernans